Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
Requisitos: PORTADOR
1. Solicitud General (IT-CTHB-12, FO-CTHB-12) |
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2. Nombres, apellidos y número de cédulas de ciudadanía o pasaporte, así como el porcentaje de acciones o participaciones, de los socios o accionistas de la compañía mercantil que sean personas naturales; y nombramiento del representante legal, para el caso en el que los socios o accionistas sean personas jurídicas. |
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3. Declaración juramentada del solicitante o del representante legal y de los socios, sobre vinculación (ver detalles en el numeral 3 del art. 38 de la Resolución 15-16-ARCOTEL-2019). |
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4. En caso de personas jurídicas, la escritura de constitución, debidamente inscrita y sus modificaciones de haberlas. |
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5. Decreto Ejecutivo; acto normativo; escritura pública y sus modificaciones, en caso de haberlas; o la resolución de creación de la Institución o Empresa Pública, según corresponda; (IT-CTHB-12, FO-CTHB-12) |
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6. Denominación de la empresa pública, Institución Pública o razón social o denominación, y datos de identificación de su representante legal; para personas jurídicas de derecho privado, se indicarán los datos de constitución, objeto, y socios; (IT-CTHB-12, FO-CTHB-12) |
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7. Copia del documento de designación del representante legal debidamente inscrito ante la autoridad correspondiente, para personas jurídicas. |
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8. Plan de sostenibilidad financiera, a 5 años, que incluya proyección de ingresos. |
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9. Propuesta de plan de expansión. (IT-DRS-08, FO-DRS-40)
Infraestructura Física |
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10. Proyecto técnico (IT-CTDS-02, FO-CTDS-42 al FO-CTDS-47)
Infraestructura Inalámbrica |
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11. – Proyecto técnico – MDBA (IT-DRE-02, FO-DRE-01 al FO-DRE-10)
– Enlaces Radioeléctricos (IT-DRE-03, FO-DRE-01 al FO-DRE-07) – Fijo por Satélite (IT-DRE-03, FO-DRE-01, FO-DRE-02, FO-DRE-04, FO-CTDE-71, FO-CTDE-72, FO-CTDE-73) |
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12. Declaración de responsable, suscrita por el representante legal de la persona jurídica, o por la persona natural, por lo cual manifiesta bajo su responsabilidad, que dicha persona jurídica o persona natural, conforme corresponda, cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente, para la obtención del título habilitante y para la ejecución del mismo, así como también que la información y documentos que presenta; son verdaderos; y que demás conoce que de verificarse por la ARCOTEL lo contrario, el trámite y resultado final podrán ser negados |
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13. Certificado de no afectar a los sistemas de radionavegación aeronáutica emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). |
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14. En todos los procesos de otorgamiento de títulos habilitantes del régimen general de telecomunicaciones, la solicitud del peticionario incluirá una autorización por medio de la cual se faculte a la ARCOTEL, solicitar a las entidades y autoridades competentes, la información que se requiera para validar o comprobar los datos del solicitante y determinar si estuviere incurso en prohibiciones o inhabilidades. Esta autorización incluye pero no se limita a información financiera o bancada, sin que pueda alegarse sigilo bancario: y puede además ser requerida en la ejecución del título habilitante para fines de administración y control. |
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15. En caso de requerir enlaces satelitales. Carta de autorización del prestador del servicio de Segmento Espacial, que acredite la autorización para realizar la actividad técnica de uso del sistema satelital. |
Nota: En caso de requerir enlaces del Servicio Fijo por Satélite, considerar el listado de satélites autorizados, “Satélites autorizados Septiembre 2024” |