Personas Adultas Mayores están exoneradas del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet

La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial No. 484, Suplemento, de 09 de mayo de 2019, tiene por objeto el promover, regular y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos específicos de las personas adultas mayores, en el marco del principio de atención prioritaria y especializada, expresados en la Constitución de la República, instrumentos internacionales de derechos humanos y leyes conexas, con enfoque de género, movilidad humana, generacional e intercultural.

En el artículo 13 de dicha Ley, relacionado con los beneficios no tributarios, se determina que, las personas adultas mayores gozarán, entre otros, de los siguientes beneficios:

Exoneración del 50% de la tarifa básica del teléfono fijo residencial de propiedad del beneficiario en su domicilio. En la Ley también se determina que, todos los demás aparatos telefónicos fijos residenciales que consten a nombre del beneficiario o su cónyuge o conviviente, pagarán la tarifa normal, así como el exceso en el consumo de los límites propuestos en la Ley.

También, se establece la exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet, cuyo titular sea la persona adulta mayor.

Además, se exonera el 50% del valor de la tarifa de teléfono a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores e instituciones gerontológicas.

Para tales rebajas, bastará presentar la cédula de identidad o ciudadanía o el carné de jubilado y pensionista del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, datos que deberán ser debidamente verificados por las empresas que prestan los servicios de telecomunicaciones señalados.

Por otro lado, en el artículo 52 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, relacionado con el Derecho al acceso de las tecnologías de la información y comunicación, se determina que, el Estado garantizará el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación como un mecanismo para lograr la equidad y participación de las personas adultas mayores y garantizar su integración digital.

Arcotel continuará difundiendo los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, en especial aquellos que benefician a las personas adultas mayores.


 

  119 comments for “Personas Adultas Mayores están exoneradas del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *