Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
BONO DE PERMANENCIA
|
|||||||||||||||||
Los denominados bonos de permanencia mínima o bonos de fidelidad corresponden a promociones que los prestadores ofertan a sus abonados, clientes o usuarios. De esta manera, la permanencia mínima es el tiempo determinado y aceptado por el abonado, suscriptor o cliente por mantener el servicio contratado, a cambio de recibir un beneficio otorgado por el prestador. La aceptación podrá realizarse por cualquier medio de contratación válido. Estos bonos se activan a través del contrato de adhesión (en la cláusula de permanencia mínima) o, cuando el usuario-cliente solicite la activación del servicio. En caso de solicitar la terminación anticipada del contrato, el usuario deberá pagar valores proporcionales relacionados al beneficio otorgado. De conformidad con la normativa vigente, las operadoras deben notificar sus tarifas, promociones y planes a la ARCOTEL, así como también, realizar las publicaciones correspondientes en su página web.
Solicita a tu operadora la activación del bono de permanencia o verifica, antes de contratar el servicio, si en el contrato estarán establecidas o constarán cláusulas de permanencia mínima. Para la activación de esta condición, los prestadores deben obtener la autorización por parte del abonado, cliente o usuario.
Antes de aceptar los bonos de fidelidad o cláusulas de permanencia mínima, los prestadores de los servicios de telecomunicaciones deben informar las condiciones que aplican. En la mayoría de los casos, estas corresponden a que el usuario debe cumplir con la condición del tiempo de permanencia mínima para que el beneficio otorgado por el prestador no tenga un costo, caso contrario, si el usuario incumple dicha cláusula, es decir, realiza alguna portabilidad hacia otra operadora o cancela el servicio antes del tiempo determinado, dicho bono le será cobrado dependiendo de las condiciones, mismas que deben ser informadas al usuario previamente.
Para mayor información, los abonados-clientes-usuarios, pueden ingresar a los siguientes enlaces de las tres operadoras de telefonía móvil: O comunicarse directamente a través de los canales de atención de los prestadores de servicios de telecomunicaciones
En caso de que los usuarios incumplan las condiciones de permanencia mínima establecidas por el prestador de servicios, se cobrará el valor correspondiente al bono.
– Pregunta: ¿Qué es el bono de permanencia mínima o bono de fidelidad? Respuesta: Corresponde a promociones que los prestadores ofertan a sus abonados/clientes y usuarios. Los denominados bonos de permanencia contienen una “cláusula de permanencia mínima” es decir, si el abonado/cliente y usuario se mantiene con la operadora durante el tiempo de permanencia, dicho bono es gratuito. En caso de que el abonado decida cambiarse a otra operadora o finalizar con el servicio antes del tiempo acordado, se procederá a realizar el cobro de dicho bono. – Pregunta: ¿El tener un bono de permanencia mínima activo, me impide cancelar el servicio o el contrato de adhesión? Respuesta: No, el tener un bono de permanencia mínima activo no es un impedimento para cancelar el servicio; sin embargo, si el usuario decide cancelar el servicio o el contrato de adhesión antes de que se cumpla el tiempo de permanencia mínima del bono, este será cobrado al usuario. – Pregunta: ¿Cómo solicito la desactivación del bono de permanencia mínima o bono de fidelidad? Respuesta: Puedes comunicarte directamente con su prestador de servicios y solicitar la desactivación inmediata del bono. Sin embargo, si el usuario decide cancelar el bono antes de que se cumpla el tiempo de permanencia mínima del bono, este será cobrado al usuario. – Pregunta: ¿En caso de que la operadora se niegue a cancelarme el bono, donde puedo colocar mi reclamo? Respuesta: En caso de que la operadora se niegue a cancelar el bono, puede ingresar su reclamo a través de los canales de la ARCOTEL.
↑ Subir
|