CONTRATO DE ADHESIÓN: CABLE SUBMARINO

Es  el  contrato  cuyas  cláusulas  son  redactadas  por  los prestadores  de  servicios  de  telecomunicaciones,  incluyendo  los  servicios  de  radiodifusión  por suscripción,  sin  que  los  abonados  hayan  discutido  su  contenido,  pero  aceptándolo  expresamente a través  de  cualquier  mecanismo  físico  o  electrónico,  de  conformidad  con  el  ordenamiento  jurídico vigente.

Nota: Una vez emitidas las condiciones generales, los prestadores de servicios deberán inscribir en un término de treinta (30) días, los modelos de contratos de adhesión de conformidad con el artículo 16 del REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN

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