TARIFAS SMA, SAI Y STF PARA PERSONAS ADULTAS MAYORES (LOPAM)

  Descripción

 

 

 

 

Servicio Móvil Avanzado (telefonía celular)

A partir del 09 de mayo de 2019, con la expedición de la Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores (LOPAM), posteriormente actualizada a través del Decreto 105 que reforma el Reglamento General de la LOPAM, las personas de este segmento social, que poseen el Servicio de Telefonía Celular o Móvil Avanzado pueden acceder a la exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet móvil, cuyo titular sea la persona adulta mayor.

Condiciones mínimas del plan básico individual celular:

  • 200 minutos de voz a todas las operadoras fijas y móviles del país,
  • consumo de llamadas ilimitadas dentro de la propia red de la operadora (on-net),
  • 200 menajes escritos de texto (sms) a todas las operadoras móviles del país,
  • 5GB de navegación libre, y 2GB para plataformas colaborativas,
  • uso libre del servicio de mensajería instantánea a través de una plataforma.

Servicio de Acceso a Internet Fijo

A partir del 09 de mayo de 2021, con la expedición de la Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores (LOPAM), posteriormente actualizada a través del Decreto 105 que reforma el Reglamento General de la LOPAM, las personas de este segmento, que dispongan del Servicio de Internet, pueden acceder a la exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de internet, cuyo titular sea la persona adulta mayor.

El servicio de acceso a internet fijo tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del total del consumo mensual del plan básico residencial.

Condiciones:

  • Planes comerciales para uso domiciliar de hasta una velocidad de bajada de 20 Mbps y 3 Mbps de subida, compartida hasta en 6 dispositivos. La rebaja será aplicada únicamente para el inmueble donde el adulto mayor beneficiario fije su domicilio, respecto de un solo proveedor de servicio y exclusivamente a una cuenta.
  • Para planes comerciales cuyas velocidades sean mayores a las establecidas anteriormente, la exoneración del 50% aplicará únicamente para el inmueble donde el adulto mayor beneficiario fije su domicilio, respecto de un solo proveedor de servicio y exclusivamente a una cuenta.

Sin perjuicio de la aplicación del plan básico individual, los prestadores de servicios de telecomunicaciones, por decisión comercial, podrán otorgar mayores beneficios o promociones a los adultos mayores, los cuales deberán ser reportados a la Arcotel.

Servicio de Telefonía Fija

A partir del 13 de octubre de 2006, con la expedición de la Ley del Anciano, el Servicio de Telefonía Fija beneficia a las personas adultas mayores con la exoneración del 50% en la tarifa básica residencial de un teléfono de propiedad del abonado-cliente en su domicilio. Este beneficio se sigue manteniendo en la actual Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores – LOPAM, del 09 de mayo de 2019.

 Resolución

Para mayor información, los beneficiarios pueden revisar la siguiente información:

 

 Comparación de beneficios

 ¿Cómo acceder al beneficio?

Las personas adultas mayores pueden acceder a los beneficios establecidos en la LOPAM y su Reglamento, acercándose personalmente a los centros de atención al usuario de los prestadores de servicios de telecomunicaciones de su preferencia, y solicitar la activación de este beneficio.

  Requisitos

  • Presentar la cédula de ciudadanía, pasaporte vigente o carné de jubilado.
  • Presentar una planilla del servicio básico dónde conste el domicilio habitual de la persona adulta mayor.
  • Entregar el Formulario de Verificación, que es facilitado por el prestador, en el cual el adulto mayor afirme que el beneficio para este servicio lo pide por única ocasión y con ese único prestador.

  Procedimiento de solicitud

 Costo del trámite

  El trámite no tiene costo

  Información por operadora

Para mayor información, los abonados-clientes-usuarios, pueden ingresar a los siguientes enlaces de las operadoras:

 

⇒ CONECEL

⇒ OTECEL

⇒ CNT EP  

⇒ CNT EP

⇒ CNT EP 3

⇒ ETAPA

⇒ GRUPO TV CABLE  

⇒ GRUPO TV CABLE2

⇒ LINKOTEL

⇒ NETLIFE MEGADATOS

⇒ PUNTONET

 Restricciones

Aplica únicamente para personas mayores de 65 años.

  Preguntas frecuentes

– Pregunta: Si soy propietario de 2 líneas telefónicas, de diferente empresa de telefonía celular, ¿puedo aplicar la exoneración por ser adulto mayor en las 2 líneas?

Respuesta: No, el beneficio se puede aplicar solo a una de las líneas telefónicas.

– Pregunta: Tengo dos cuentas de internet a mi nombre, una en mi casa y otra en mi negocio, ¿puedo solicitar la exoneración por ser adulto mayor, en mis dos cuentas de internet?

Respuesta: No, solo puede aplicar la exoneración a la cuenta donde conste el domicilio habitual del adulto mayor.

– Pregunta: Mi esposa y yo, somos adultos mayores y queremos aplicar al beneficio de manera individual. ¿Podemos hacerlo?

Respuesta: Sí, cada uno puede acogerse al beneficio para la exoneración otorgada por la LOPAM.

– Pregunta: Soy adulta mayor y quiero obtener la exoneración de la LOPAM. ¿Puedo obtener el beneficio sin tener que acudir personalmente a la empresa de telecomunicaciones?

Respuesta: No, es necesario que la persona adulta mayor se acerque a los centros de atención al usuario de sus proveedores con su documento de identidad para validar los datos.

 

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