Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones
REGISTRO DEL SERVICIO COMUNAL Y CONCESIÓN DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
REGISTRO DEL SERVICIO COMUNAL Y CONCESIÓN DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
AL PÚBLICO EN GENERAL
Pongo en conocimiento que se han presentado solicitudes para la obtención del Título Habilitante de Registro del Servicio Comunal y Concesión de Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico, las mismas que tiene por objeto brindar comunicación de voz y/o datos de baja capacidad a través de sistemas de Redes de Dos Vías.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 37 del REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO las personas interesadas podrán formular por escrito y con el debido sustento sus observaciones acerca de la petición de otorgamiento del título habilitante en la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones en el plazo de 3 días contados a partir de su publicación, en las siguientes direcciones:
Quito: Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, teléfono 022947800, teléfono: 022947800.
Guayaquil: Cdla. IETEL, Mz 28 lote 1, junto al Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, teléfono: 042626400.
Cuenca: Luis Cordero 16-50 y Héroes de Verdeloma, teléfono 072820860.
Correo electrónico:observaciones.oth@arcotel.gob.ec
Las observaciones deben contener los datos generales del interesado (nombre/apellido), así como en el asunto debe especificarse: OBSERVACIONES-REGISTRO DE SERVICIO COMUNAL Y CONCESIÓN DE FRECUENCIAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE HAN SOLICITADO EL TITULO HABILITANTE DE REGISTRO DE SERVICIO COMUNAL Y CONCESIÓN DE
USO DE FRECUENCIAS.
Trámite Nro. | Peticionario: | Infraestructura | Banda de Frecuencia |
ARCOTEL-DEDA-2018-020363-E | QUIROZ QUINTO JIMMY ROBINSON |
Inalámbrica-Radio de Dos Vías |
VHF/UHF |
Nota: sus observaciones, deben ser remitidas en un término de hasta tres (3) días; las que no tendrán el carácter de vinculantes para la administración, pero que serán consideradas de ser procedentes en los informes que se emitan y que permitan adoptar la decisión de otorgar o negar el título habilitante.
Firma por delegación de la Dirección Ejecutiva de la ARCOTEL, según consta en la Resolución No. ARCOTEL-2016-0655 de 10 de agosto de 2016.
D. M. Quito,
Ing. Katty Alexandra Ramírez Yánez
COORDINADORA TÉCNICA DE TÍTULOS HABILITANTES(E)
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES